Alpedrete se adhiere al Convenio de Creación Fondos de Viviendas

8 mayo 2013
Categorías: Histórico Noticias

El Ayuntamiento de Alpedrete se ha adherido al convenio para la creación de un fondo social de viviendas suscrito el pasado mes de enero entre el Gobierno, la FEMP y varias entidades de crédito.

El Ayuntamiento de Alpedrete se ha adherido al convenio para la constitución del Fondo Social de Viviendas (FSV), destinadas al alquiler por personas en situación de vulnerabilidad, suscrito en enero por los Ministerios de Economía y Competitividad, Sanidad y Servicios Sociales, Fomento, Banco de España, por la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Plataforma del Tercer Sector (Organizaciones no Gubernamentales), las patronales bancarias y 33 entidades de crédito.
El fondo ha nacido con 5.891 viviendas que aportan las entidades firmantes del convenio. Podrán beneficiarse de estos inmuebles las familias en situación de especial vulnerabilidad y desalojadas de sus viviendas desde 2008. El alquiler tendrá una duración de dos años y las rentas oscilarán entre 150 EUR y 400 EUR al mes, con un límite máximo del 30% de los ingresos netos totales de la unidad familiar.
Requisitos para solicitar una vivienda social en alquiler:
Requisitos de acceso (necesario cumplir uno de ellos):

o Familias numerosas, monoparentales con dos hijos al cargo; aquellas con un menor de tres años; con un miembro en situación de dependencia, incapacitado para trabajar o con una discapacidad que supere el 33%.
o Familias en las que el deudor hipotecario esté desempleado y haya agotado su prestación, o en las que haya víctimas de violencia de género.

Requisitos económicos (necesario cumplir los 3):

o Los ingresos de la unidad familiar deben ser inferiores a tres veces el Indicador Público de Rentas (IPREM), es decir, unos 1.597 euros mensuales o19.164 euros anuales.
o La carga hipotecaria debe haber crecido 1,5 veces desde 2008.
o La cuota mensual de la hipoteca debe superar el 50% de sus ingresos.

Otras condiciones:

o El desalojo de su única vivienda de las familias beneficiarias debe haberse producido después del 1 de enero de 2008.
o La cuantía del contrato de alquiler oscilará entre 150 y 400 euros mensuales, con un límite en el 30% de la renta neta de la familia.
o Los acuerdos tendrán una duración de dos años, prorrogables por otro más, que podrán ser cancelados antes si la entidad detecta que las familias salen del umbral de protección establecido.
o La selección estará en manos de una comisión en la que participarán tanto las administraciones públicas, incluyendo a las municipales, como organizaciones no gubernamentales.
o El Ayuntamiento, a través de sus Servicios Sociales, tendrá un plazo de 15 días para elaborar un informe sobre los peticionarios, una vez que las entidades de crédito remitan la información.

La puesta en marcha de este fondo social de viviendas da cumplimiento a la encomienda al Gobierno incluida en el Real Decreto-ley 27/2012 sobre medidas urgentes para reforzar la protección de deudores hipotecarios.

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