Abierto el plazo de solicitud de becas y ayudas a familias 2017-2018

14 septiembre 2017

Plazo de presentación de solicitudes del 24 de agosto al 26 de septiembre de 2017.

En el texto de la convocatoria se puede consultar toda la documentación necesaria para la solicitud. El procedimiento de adjudicación de las ayudas será por concurrencia competitiva, asignándose las becas en orden estricto de renta per cápita familiar.

Esta ayudas están dirigidas a familias residentes en Alpedrete que se encuentren empadronadas en el municipio con más de 6 meses de antigüedad, cuyos hijos e hijas estén matriculados en los centros públicos de educación infantil, primaria o secundaria obligatoria, y como novedad este año, bachillerato. Los 50.000 euros que el ayuntamiento ha destinado a tal fin, se dividen en tres tipos de ayuda: libros y material escolar complementario, comedor escolar, y actividades de juventud, cultura y/o deportivas de titularidad municipal. Las ayudas son compatibles entre sí, pudiéndose optar a las tres categorías.

-Becas para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario. Dotación inicial de 19.000€.

  • Segundo ciclo de educación infantil (3 a 5 años): hasta 50€.
  • Educación primaria (del primer al sexto curso): hasta 100€.
  • Educación secundaria obligatoria (del primer al cuarto curso): hasta 150€.
  • Bachillerato (del primer al segundo curso): hasta 150€

-Becas para gastos de comedor escolar. Dotación inicial de 26.000€.

  • Beca general: becas de un importe máximo de 300€.

-Becas para la participación en actividades de juventud, cultura y/o deportivas. Dotación inicial de 5.000€.

  • Becas de hasta 100€ para la participación en otras actividades, talleres o servicios de titularidad municipal.

Todas las becas son compatibles, por lo que cada familia podrá solicitar beca por cada una de las modalidades. Cada beca podrá solicitarse para cada uno de los menores de la unidad familiar que cumplan los requisitos de la convocatoria.

Los solicitantes no pueden tener deudas en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento, o de existir éstas, deben estar incluidas en un expediente de aplazamiento o fraccionamiento ya aprobado por el Ayuntamiento.

Para facilitar la presentación de documentación, aquellas personas que hayan presentado instancia para la convocatoria de gastos de la vivienda habitual 2017, no estarán obligados a presentar de nuevo toda la documentación justificativa (consultar la convocatoria), a menos que la misma haya tenido alguna variación.

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